El Auditor Titular Interno de la Universidad Nacional del Comahue, Oscar Rebolledo, escribió un texto sobre los mecanismos de control a las universidades nacionales que se titula «Control a las universidades, hablemos claro» y que a continuación se reproduce:
«El sistema de control vigente en la Argentina, para controlar el uso de los fondos públicos responde a un modelo de doble control, un Control Interno y un Control Externo. Este, último en manos de la Auditoria General de la Nación (AGN), que tiene rango Constitucional y depende del Congreso de la Nación.
«El «Poder Ejecutivo está conformado por sus ministerios, organismos descentralizados y empresas nacionales; las Universidades Nacionales NO forman parte del Poder Ejecutivo, no dependen del presidente.
«Tanto el Poder Ejecutivo como las Universidades son controladas por el mismo órgano de Control Externo, que es la Auditoria General de la Nación.
«Por otra parte, en lo que respecta a Control Interno, el Poder Ejecutivo tiene a la Sigen, que es su dependencia de control interno y las Universidades tiene a sus Unidades de Auditoria Interna. O SEA IGUAL, que el Poder Ejecutivo, las Universidades tienen un órgano de control interno, que funciona con las mismas normas de Control Interno que tiene el Estado Nacional.
«Es FALSO afirmar que las universidades no quieren ser auditadas, siempre lo fueron desde la Sanción de la Ley 24156, Ley de Administración Financiera y Control que estableció este doble sistema de Control Interno y Externo para los fondos públicos y posteriormente reafirmado por la Ley 24521 de Educación Superior.
«En el caso particular de la Universidad Nacional del Comahue, la Asamblea Universitaria, recientemente modificó su Estatuto y le otorgó “Rango Estatutario” al Control, jerarquizándolo, estableciendo las bases de su propio Sistema de Control Interno, basado en las normas nacionales sobre control interno del sector público mas las normas internacionales (NOGAI) en materia de control interno que dicta el Instituto Global de Auditoria Interna. (IIA).
«HABLEMOS CLARO, A LAS UNIVERSIDADES NACIONALES LES INTERESA EL CONTROL, que la sociedad argentina sepa que las universidades públicas respetan y cumplen con los dispuesto por la Constitución Nacional y las Leyes emanadas por el Congreso en materia de control de los fondos públicos».